INICIAR TRAMITE

Un estudio elaborado por la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), recoge el siguiente dato: el 97% de los divorcios con hijos tiene un nivel alto o muy alto de conflictividad. Un dato que contrasta con el escaso 16% que ocurre con los divorcios sin hijos. Estas cifras reflejan la importancia de contar con un buen respaldo jurídico para que este proceso sea lo menos traumático posible, tanto para los cónyuges como para los hijos.

Por ello, tanto expertos como asociaciones de familias recomiendan, siempre que sea posible, evitar un divorcio contencioso para minimizar el impacto negativo en los hijos y en el bienestar de la unidad familiar.

Si estás a punto de iniciar un proceso de divorcio express con hijos, te resumimos a continuación cómo proceder y qué factores han de regularse para que el trámite resulte lo más ágil, cómodo y llevadero para tu familia.

¿Cómo iniciar un divorcio express con hijos?

Si estás casado/a y tienes hijos, puedes iniciar la tramitación del divorcio exprés aportando simplemente la siguiente documentación necesaria:

Rellena el formulario de solicitud, deberás facilitar la información indispensable para iniciar el trámite. A partir de ahí prepararemos un convenio regulador a vuestra medida para acordar la guarda y custodia, el régimen de visitas y la pensión de alimentos para tus hijos, de la manera más sencilla, rápida y cómoda para ambas partes.

También podemos ayudarte por correo electrónico o por teléfono y resolver cualquier duda que te surja.

Poner en marcha el proceso tiene un precio de sólo 50 €. Hasta que no tengas en tu poder y firmado el convenio regulador, no deberás abonar el resto (el precio total es de 320 € por conyuge). Esta tarifa incluye lo siguiente:

– Todos los trámites del divorcio, de principio a fin (el IVA y las tasas están incluidos).

– El trabajo de todos los profesionales que intervengan, tanto abogados como procuradores y otros expertos en Derecho de familia.

– La solicitud de todos los documentos requeridos.

– La inscripción del divorcio en el Registro Civil, una vez finalizado todo el procedimiento.

¿Qué aspectos hay que regular en un divorcio express con hijos?

En los casos de matrimonios con hijos, estas son las cuestiones que se deberán abordar:

Guarda y custodia de los hijos

La custodia de los hijos puede ser monoparental —también llamada individual o exclusiva—, cuando la convivencia y el cuidado diario de los hijos recae en uno solo cónyuge, o custodia compartida, cuando estos aspectos se reparten entre ambos progenitores.

Si el matrimonio no se pone de acuerdo en este aspecto, para poderla adjudicar la custodia el juez tendrá en cuenta:

– Aptitud de cada uno de los progenitores.

– Relaciones personales entre ellos.

– Horarios laborales.

– Cercanía de los domicilios en los que residirá cada uno.

– El deseo de los hijos.

– Antecedentes de algún tipo de violencia familiar.

– Posibles informes elaborados por especialistas.

Régimen de visitas y estancias

Aunque no se establezca una custodia compartida de los hijos el progenitor excluido o no custodio, tiene el derecho a pasar tiempo con sus hijos, ligado a la obligación de pagar periódicamente una pensión alimenticia. Esta medida es tomada para que los hijos no pierdan la relación con su progenitor y que tengan cubiertas sus necesidades afectivas y educativas.

El régimen de visitas más frecuente es aquel en que el progenitor no custodio puede estar al cuidado de los menores en fines de semana alternos y un día entre semana. No obstante, la frecuencia y las condiciones deberá establecerlas el juez.

Atribución del uso de la vivienda familiar

Cuando de trata de un divorcio express con hijos menores de edad, la atribución del uso del domicilio familiar dependerá del tipo de custodia que se determine. Si esta es monoparental, individual o exclusiva, y si los miembros de la pareja no llegan a un acuerdo, su uso corresponderá a los hijos y al cónyuge que se haga cargo de los mismos, aún si el inmueble es propiedad del progenitor no custodio o de una tercera persona. Mediante esta medida, el legislador quiere priorizar la protección de los menores. Este aspecto está sujeto al artículo 96 del Código Civil.

Pago de la pensión alimenticia

Regulada por el artículo 142 del Código Civil, se trata de una prestación económica que deberá satisfacer periódicamente el progenitor no custodio para sufragar el sustento de los hijos, el alojamiento, la vestimenta, la educación y otros gastos indispensables.

Esta pensión alimenticia será obligatoria cuando el matrimonio cuente con hijos menores de edad, mayores o emancipados que no posean ingresos propios por causas ajenas a su voluntad. La cuantía deberá abonarse con una periodicidad mensual, debe reflejarse en el convenio de separación o divorcio express o en la correspondiente sentencia judicial.

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